Trámites
Habilitaciones comerciales

Habilitación, Anexo o Cambio de Rubro

Importante a tener en cuenta
  • Horario de atención general: Lunes a Viernes de 08:00 hs. a 14:00 hs.
  • Por consultas generales comunicarse al tel. 2120-1000
  • E-mail: habcom.inspecciones.mda@gmail.com
  • Los formularios del trámite deben firmarlos el TITULAR del negocio o un APODERADO en nuestra oficina. En el caso de apoderados debe acompañarse el poder en original y fotocopia.

Primer paso
Condiciones del local y pedido de inspección

Se brindará información de condiciones básicas de seguridad e higiene, de acuerdo al tipo de comercio que se desea instalar. Al presente Instructivo se le adjuntará otro, el cual incluirá las medidas a implementar en su local.

Cuando el contribuyente haya preparado su local como se indicó, debe presentarse en nuestra oficina para solicitar la inspección acompañado con:

  • DNI (Original y copia)
  • Constancia de inscripción en AFIP
  • Fotos del establecimientos
  • Recibo de T.S.G. (ex "A.B.L.") del local a habilitar (solo fotocopia)
  • Metros cuadrados del local.
  • En caso de Anexo o Cambio de rubro, debe sumarse copia del Permiso Definitivo. Original y copia.

48 horas después de la inspección, siendo la misma con resultado favorable, se continuará al “segundo paso” del presente instructivo.

Deben tenerse presente que no todos los rubros contemplarán los mismos requisitos, y estos quedarán sujetos a las necesidades que estime corresponder el inspector actuante.

Ante cualquier duda dirigirse al Departamento Antisniestral, de lunes a viernes de 08 a 16 hs. Antisiniestral.mda@gmail.com

Segundo paso
Ingreso de trámite (sólo para este paso el horario es de 08:00 a 14:00 hs.)

  • Recibo del impuesto inmobiliario del local (ex Rentas). Sólo fotocopia.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos (ante A.R.B.A.)
  • Reglamento de Copropiedad y Administración y Plano de Propiedad Horizontal sólo si el local es parte de un lote subdividido. Para averiguar si el lote está subdividido o no, si usted es inquilino pregúnteselo al dueño del local o inmobiliaria. En el “Reglamento” el inmueble a habilitar debe tener destino comercial. Sólo fotocopia.
  • Contratos y escrituras
    • Si se alquila el local: Contrato de Locación timbrado con el impuesto de ley provincial (A.R.B.A.), original y fotocopia, más una fotocopia de la escritura del inmueble, que deberá entregársela el propietario del local, más el libre de deuda de TSG. Los “locadores” en el contrato de alquiler deben coincidir con los propietarios que estén en la escritura, y los locatarios (inquilinos) deben ser los mismos que son titulares del trámite de habilitación.
    • Si el local es prestado o se es copropietario: Contrato de Comodato. El contrato de comodato es el documento con el que se deja constancia escrita del “préstamo” del local. Las firmas del Comodato deben estar certificadas por nuestros empleados, Juez de Paz ó Escribano Público. Junto con el Comodato debe presentarse una fotocopia de la Escritura para verificar que quienes firman el contrato son los legítimos dueños del local. Estado de deuda de TSG.
    • Si el mismo dueño del negocio es propietario del local: Escritura o Certificado de Dominio que demuestre que el titular del trámite de habilitación es el único dueño del local. Estado de deuda de TSG.
  • Libretas Sanitarias: Los timbrados se compran en las cajas de la Tesorería Municipal (Güemes 835) para todas las personas que vayan a trabajar en el negocio y sacar turno (Av. Belgrano 2855 - 4205-8912). Luego deberán retirarse las libretas (con la aptitud incluida) para presentarlas listas en el “Tercer y último Paso: Conclusión del Trámite”. (Art. 109. Inc. 17) y 18) Ordenanza impositiva vigente
  • Plano de Obra Civil aprobado, en fotocopia certificada por la Dir. de Arquitectura y Obras Particulares (sólo si el local tiene más de 40 m²). (C. Larralde 5.813 - 4353-1519 / 1102).
  • Si la titularidad de la habilitación es para una Persona Física, debe presentar:
    • Cálculo del dinero invertido en muebles, útiles y/o herramientas (no incluye mercadería, inmuebles ni rodados) anotado en papel.
  • Si la titularidad de la habilitación es para una Persona Jurídica (S.A. / S.R.L., etc.) debe presentar:
    • Estatuto Social original y sus modificaciones (de existir). Original y fotocopia.
    • Certificación de Activo Fijo hecha por Contador Público con su firma certificada en el Consejo Profesional de Cs. Económicas, con valuación de bienes de uso sólo del local (excluyendo inmuebles y rodados). Sólo original.
  • Derecho de Oficina para el Ingreso del Trámite (Art. 109. Inc. 2) Ordenanza impositiva vigente.

Luego de preparar la documentación en la Dirección General de Habilitaciones Comerciales e Inspección, el contribuyente abonará los timbrados en Tesorería Municipal e ingresará todo en la Mesa General de Entradas, en la planta baja del Palacio Municipal, y ahí se le entregará la Oblea de constancia de inicio del trámite.

Con el ingreso del trámite el contribuyente firmará una nota de compromiso para presentar la documentación faltante en el “Tercer y último Paso: Conclusión del Trámite” dentro de un plazo establecido (bajo apercibimiento de acta de infracción, multa y/o clausura) y conseguir el Permiso de Habilitación Definitivo.

Posterior a la obtención de la oblea de inicio de trámite, el contribuyente recibirá una única citación con el fin de realizar el LIBRO PROVISORIO correspondiente.

Se deberá acercar a la Dirección General de Habilitaciones Comerciales e Inspección en el Espacio Público con:

  • Libro de Actas de 100 fojas comprado en cualquier librería, cuando el trámite sea un anexo o modificación a un trámite de habilitación existente, debe usarse el mismo Libro de Inspecciones de la habilitación original.
  • Rubricación del libro de actas. (Art. 109. Inc. 20) Ordenanza impositiva vigente
  • Derecho de Habilitación. (el 5% del activo fijo o distintos mínimos de acuerdo a la actividad; se paga por única vez). (Art. 8.) Ordenanza impositiva vigente
  • Tasa por Desinfección. (se calcula por m3 del local; se paga por única vez). (Art. 26. Inc. o) Ordenanza impositiva vigente
  • Tasa por Seguridad e Higiene. (Mensual.)
  • Tasa por Publicidad y Propaganda. (si el comercio tiene carteles publicitarios).
  • Tasa por Servicios Generales. ex A.B.L (si corresponde).

Tercer paso y último paso
Conclusión de trámite

Para el retiro del Permiso de habilitación se citará al contribuyente en donde se le indicara el temperamento a seguir.

Revalidación del certificado de permiso

Para revalidar el Permiso de habilitación el contribuyente deberá concurrir a la Dirección General de Habilitaciones Comerciales e Inspección 10 días antes de que el mismo caduque, con la siguiente documentación:

  • Certificado de permiso.
  • Estado de deuda por Tasa por Seguridad e Higiene.
  • Estado de deuda por Tasa por Publicidad y Propaganda. (si el comercio tiene carteles publicitarios).
  • Estado de deuda por Tasa por Servicios Generales. ex A.B.L (en el caso de que el titular de la habilitación sea el propietario del inmueble).
  • Deben tenerse presente que no todos los rubros contemplarán los mismos requisitos, y estos quedarán sujetos a las necesidades que estime corresponder la legislación vigente.

Cese de actividades

En el caso de discontinuar con las actividades comerciales, el contribuyente deberá solicitar la Eliminación del Registro de Contribuyentes en el Departamento de Mesa de Entradas (ubicado en Av. Güemes 835, PB. TEL: 5227-7044)